La Comisión Ciudadana de Estudios Contra la Discriminación presentó el
pasado 15 de noviembre al presidente de la República, la iniciativa de ley
para prevenir y erradicar la discriminación, y en fecha reciente el titular
de
esa instancia oficial, Gilberto Rincón Gallardo, llevó dicho anteproyecto
ante el jefe de gobierno de la Ciudad de México, Andrés Manuel López
Obrador.
Con ello se busca que tanto el Ejecutivo Federal así como los gobiernos
estatales tomen en cuenta que el problema de la discriminación es un
asunto que imposibilita el desempeño de la ciudadanía plena, ya que se ve
permeado a condicionantes sociales que impiden el avance las ciudadanas
y los ciudadanos de manera individual y grupal.
Una ley que trate conforme a derecho la no discriminación de las personas
es revolucionaria en muchos sentidos, toda vez que es por medio del
derecho que las inequidades sociales, resultado de las relaciones
construidas por mujeres y hombres pueden ser revertidas, para crear una
sociedad democrática sin que la ciudadanía viva separada por
desigualdades profundas.
En la reforma constitucional publicada el 14 de agosto de 2001 se incluye
por primera vez en nuestra Carta Magna en el artículo primero, párrafo
tercero, que queda prohibida toda discriminación motivada por el origen
étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la
condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las
preferencias, el estado civil o cualquier otra que atenté contra la dignidad
humana, y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades
de las personas.
Lo que es sin duda un avance fundamental para el ordenamiento jurídico
de nuestro país, sin embargo este proceso no estará completo sin una ley
que materialice este mandato, es así que nace la ley para prevenir y
erradicar la discriminación a través de la Comisión Ciudadana de Estudios
Contra la Discriminación.
Dicha ley tiene como objetivo primordial romper las barreras sociales que
privilegian a algunos y excluyen a muchos de la participación ciudadana,
cuenta con ocho capítulos, cincuenta artículos y cinco artículos
transitorios. Se trata de una norma que incorpora el derecho mexicano y
los tratados internacionales en que nuestro país se compromete a atender
la discriminación.
En el caso especifico de las mujeres, el artículo 10 trata ampliamente los
derechos de este sector al contemplar en sus apartados que ninguna
autoridad pública, persona física o moral podrá realizar actos que
discriminen a las mujeres, como por ejemplo en el acceso a la educación,
que las separen de los centros de enseñanza por razón de embarazo, por
instrumentación de métodos pedagógicos diferenciados para hombres y
mujeres, entre otros.
El artículo 17 especifica que es competencia de la autoridad pública
ejecutar medidas positivas y compensatorias en favor de la igualdad de
oportunidades de las mujeres, al incentivar su permanencia en el sistema
educativo de todos los niveles escolares, crear mecanismos que aseguren
la presencia de 50 por ciento de mujeres en la administración y como
candidatas a los cargos de elección popular, a tener derecho a ser inscrita
en los programas para la adquisición de inmuebles, a ser informada y
asesorada en materia de salud reproductiva y anticoncepción, así como a
otorgar becas en igualdad de circunstancias frente a los varones.
La Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación es en un amplio
sentido una norma revolucionaria que de aprobarse posibilitaría el acceso
real y conforme a derecho de todos los sectores sociales en la
construcción de la democracia, que es el derecho de todas y todos a opinar
y decidir sobre el rumbo político, social y cultural de nuestro país.