Derecho
a vivir
Derechos sexuales
y reproductivos de las mujeres
Gladis Torres Ruiz
Cimac | México, DF
Los
derechos sexuales y reproductivos pertenecen a todas las
personas, sin distinción de etnia, sexo, religión,
nacionalidad, preferencia sexual, posición económica
o cualquier otra condición.
Forman
parte de los derechos humanos, son universales e irrenunciables
y su objetivo es que todas las personas tengan una vida
sexual y reproductiva satisfactoria y libre de riesgos y
se refieren a todo lo relacionado con la vida sexual y reproductiva
de las mujeres.
Derechos
reconocidos en la Conferencia Internacional de Población
y Desarrollo (CIPD), celebrada en la ciudad de El Cairo,
Egipto en 1994, y en la IV Conferencia Mundial de la Mujer,
realizada en Pekín, China en 1995.
En
ambos eventos, se enfatizó la urgencia de programas
y servicios de salud reproductiva de las mujeres entendida
en un sentido integral y el gobierno mexicano se comprometió
a garantizar su cumplimiento.
Asimismo,
los derechos sexuales y reproductivos tienen sus bases jurídicas
en la Convención sobre la Eliminación de todas
las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
DERECHO
A VIVIR
Desde
el movimiento de mujeres se entiende que el concepto de
salud reproductiva abarca cuestiones biológicas,
psicológicas, sociales y ambientales que determinan
la salud de la mujer a lo largo del proceso reproductivo
y es en este proceso, donde la autonomía reproductiva
es fundamental.
De
tal manera que toda persona tiene el derecho de decidir
cuántas hijas o hijos va a tener; cuándo los
tendrá y con qué intervalo de tiempo.
En
este punto hay que señalar el derecho a la vida que,
en materia de derechos sexuales y reproductivos, tiene que
ver particularmente con el derecho de las mujeres a no morir
por causas evitables relacionadas con el embarazo o parto.
Lo
cual implica que las mujeres tienen derecho a no poner en
riesgo o peligro su vida por razones de embarazo.
Las
mujeres ponen en peligro su vida cuando ocurre un embarazo
antes de los 16 años y realizan un aborto en malas
condiciones como las que existen en clínicas clandestinas
o con personal no capacitado.
Un
embarazo después de los 35 años de edad, embarazos
muy cercanos-1 por año- y embarazos numerosos-más
de 5 o hasta 3 cesáreas-, también con causas
por las que la vida de las mujeres corre peligro.
El
derecho a la información y a la educación
es fundamental para evitar las muertes de mujeres por causas
relacionadas con la maternidad, toda persona, desde temprana
edad tiene derecho a ser educada y debe tener igual acceso
a información.
Las
niñas y los niños, así como las y los
adolescentes, tienen derecho a que se les brinde información
y se les vincule a programas de prevención de embarazos
no deseados, maltrato, abusos y todo lo relacionado con
el ejercicio de su sexualidad.
De
igual manera las adolescentes embarazadas tienen derecho
al apoyo especialmente de su familia, la comunidad y el
Estado.
En
la Convención sobre los Derechos de la Niñez,
se reconoce el derecho a los servicios de planificación
familiar.
06/GT/LR

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