Tipifica derecho de las mujeres a una vida libre de violencia

Nueva Ley en Venezuela, única en AL y el mundo

 

 

Por Modaira Rubio *

 

Caracas, Venezuela 4 dic 06 (CIMAC).- Con la presencia de más de 4000 mujeres de todos los sectores sociales y políticos en una histórica Jornada de Parlamentarismo Popular Revolucionario, la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela aprobó por unanimidad, en segunda discusión, la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, este 25 de Noviembre, Día Internacional de la No Violencia contra la Mujer.

 

Este innovador instrumento jurídico, único a nivel continental y mundial, tipifica 19 formas de violencia hacia la mujer entre  las que se encuentran: violencia psicológica, física, doméstica, sexual, laboral, patrimonial y económica, obstétrica, mediática, institucional, simbólica, así como la esterilización forzada, el tráfico y trata  de mujeres, niñas y adolescentes, acoso u  hostigamiento, amenaza, acceso carnal violento, prostitución forzada, esclavitud sexual y acoso sexual.

 

El acoso sexual en las aulas de clase, en los lugares de trabajo, en los consultorios médicos, será penalizado con 1 a 3 años de prisión; el tráfico y la trata de mujeres, niñas y adolescentes, con 15 y 20 años de prisión.

 

La ley establece la violencia obstétrica como una situación en la cual la mujer no es atendida oportuna y eficazmente, es obligada  a parir en posición supina y con las  piernas levantadas, se le niega la posibilidad de ver a su hija o hijo una vez nacida, se altera el procedimiento normal de parto o se obliga  a la mujer a practicarse el parto por cesárea.

 

En este punto, la intervención en la sesión extraordinaria de un médico gineco-obstetra, asesor de la comisión de salud de la AN, fue crucial, dijo que en sus 30 años de práctica profesional, ha visto como las mujeres venezolanas son humilladas, vejadas, maltratas y abusadas por un sistema de salud que bajo una concepción machista desmejora las condiciones idóneas para el parto.

 

Con esta Ley, ese maltrato será considerado un delito o que  será penado con el pago de 250 a 500 unidades tributarias, entre 3,230 a 6,241 dólares, por parte del o la profesional y la apertura de un procedimiento disciplinario en el colegio o institución gremial al que esté afiliado o afiliada.

 

Se establecen también mecanismos para dar cumplimiento al mandato constitucional  de garantizar por parte del Estado, el goce y el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, por ello tiene carácter orgánico.

 

En materia procesal la Ley establece la creación de los Tribunales de Violencia contra la Mujer como órganos especializados en justicia de género.

 

A pesar de las presiones de medios de comunicación y de sectores de la sociedad que se oponían a esta legislación, la Asamblea Nacional sesionó  en favor de las venezolanas.

 

Liderezas de las organizaciones políticas, académicas y profesionales sensibilizados en materia de género participaron dando sus alegatos a favor de la Ley a las diputadas y diputados presentes en la sesión.

 

* Periodista venezolana, integrante de la Red Latinoamericana de Periodistas.

 

06/MR/CV



 


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